Se aprueba la denominación “Compañía
Peruana de Vapores Sociedad Anónima”, o también “C. P. V. S. A.”
DECRETO SUPREMO Nº 047-81-TC
EL PRESIDENTE DE
LA REPÚBLICA:
CONSIDERANDO:
Que mediante
Decreto Legislativo Nº 100, se ha aprobado la Ley de la Compañía Peruana de
Vapores Sociedad Anónima;
Que de conformidad
con la Primera Disposición General y Transitoria de la Ley de Actividad
Empresarial del Estado, Decreto Legislativo Nº 216, es necesario que, mediante
Decreto Supremo, se formalice la nueva organización de la mencionada empresa,
de acuerdo con las normas que allí se indica;
Decreta:
Artículo 1.-
Apruébase la denominación “Compañía Peruana de Vapores Sociedad Anónima”, o
también C.P.V. S.A., como la razón social que corresponde a la empresa del
Estado a que se refiere el decreto Legislativo Nº 100.
Artículo 2.-
Fíjase el capital suscrito de C.P.V. S.A., en la suma de S/. 15,000’000,000.00,
y el monto del capital pagado, en la cantidad de S/. 11,324’128,089.00.
Artículo 3.-
Apruébase el estatuto social de C.P.V. S.A., el cual consta de 4 capítulos y 77
artículos. El instrumento que se aprueba mediante este articulo, rubricado al
margen por el Ministro de Transportes y Comunicaciones, forma parte del
presente Decreto Supremo.
Artículo 4.-
Facúltase al Presidente del Directorio y al Gerente General de la empresa C.P.V.
S.A., para que otorguen la respectiva escritura y la inscriban en el registro
Mercantil correspondiente.
Artículo 5.- El
Primer Directorio de C.P.V. S.A., estará constituido en la siguiente forma:
- Vice-Almirante
AP (r) Oscar Cuadros Muñoz, Presidente
- Señor Luis
Aramburú Alvarez Calderón.
- Señor Hans
Cheneffusse Duboe.
- Señor Sandro
Arbulú Doig.
- Contralmirante
AP Alejando Pérez Ruíz.
Dado en la Casa de
Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de setiembre de mil novecientos
ochentiuno.
FERNANDO BELAUNDE
TERRY, Presidente Constitucional de la República.
FERNANDO CHAVES
BELAUNDE, Ministro de Transportes y Comunicaciones .